Los glaciares, considerados reservas esenciales de agua dulce y elementos fundamentales de los ecosistemas de montaña, han sido objeto de un debate renovado en Argentina. La Ley 26.639, que se implementó en 2010, estableció un marco normativo para la protección de estos cuerpos de hielo y sus entornos periglaciares. Sin embargo, un proyecto de reforma presentado en diciembre de 2025 ha generado controversia sobre el alcance y la efectividad de esa protección, lo que ha llevado a cuestionar si esta iniciativa representa un avance o un retroceso en la salvaguarda del medio ambiente.
El eje principal de esta discusión radica en un cambio de paradigma en la protección de los glaciares. La legislación vigente abarca un enfoque integral que protege todos los glaciares y áreas circundantes. En contraste, la nueva propuesta sugiere restringir esta protección únicamente a aquellos glaciares que demuestren tener una "función hídrica comprobada o relevante". Esta modificación plantea un problema de selectividad que podría resultar en una disminución de la protección normativa sobre vastas áreas que, aunque no cumplan con este criterio, son cruciales para el equilibrio ecológico, la biodiversidad y la regulación del ciclo del agua.
Este cambio de enfoque también plantea serias interrogantes sobre los principios fundamentales del derecho ambiental argentino, especialmente el principio precautorio. Este principio establece la obligación de actuar ante cualquier riesgo de daño ambiental, incluso en ausencia de certeza científica. Al exigir una verificación previa para la protección de los glaciares, la reforma podría debilitar este enfoque preventivo, poniendo en peligro los ecosistemas que dependen de ellos.
Otro aspecto a considerar es la posible violación del principio de no regresión ambiental, el cual establece que no se deben reducir los niveles de protección previamente alcanzados. La reforma, al limitar las áreas actualmente protegidas, podría interpretarse como un retroceso normativo. En línea con esto, el principio de progresividad exige que las políticas ambientales avancen de manera constante hacia mayores niveles de protección, en lugar de permitir una flexibilización de las normativas existentes.
El impacto de este proyecto también podría repercutir en el ámbito del federalismo ambiental. La propuesta otorga mayor autonomía a las provincias para decidir qué geoformas deben ser protegidas, lo que podría ser visto como un avance en la gestión de los recursos provinciales. Sin embargo, esta mayor autonomía podría resultar en criterios dispares entre distintas jurisdicciones, debilitando así los estándares mínimos de protección a nivel nacional y generando desigualdades en la regulación de ecosistemas que son fundamentalmente similares.
Por último, se debe resaltar que, aunque las actividades prohibidas en la legislación actual, como la minería y la explotación hidrocarburífera en zonas protegidas, no han sido eliminadas, la reducción de las áreas bajo protección podría facilitar el desarrollo de estas actividades en territorios que quedarían desprotegidos. Esto podría interpretarse como una flexibilización indirecta del régimen que, en última instancia, afectaría la integridad de los glaciares y sus ecosistemas adyacentes.
El debate que se avecina, con audiencias públicas programadas en el Congreso para discutir los pros y contras de la reforma impulsada por el Gobierno, no es solo de carácter técnico, sino que también tiene implicaciones políticas y constitucionales. La protección del medio ambiente está consagrada en el artículo 41 de la Constitución Nacional, lo que hace que la discusión sobre la Ley de Glaciares sea de suma importancia para el futuro de la legislación ambiental en Argentina.



