El Pleno del Tribunal Constitucional terminó de resolver los recursos de inconstitucionalidad presentados contra la ley de amnistía por varias comunidades autónomas, en su mayoría gobernadas por el Partido Popular. El último pronunciamiento correspondió al recurso interpuesto por la Junta de Extremadura, que fue rechazado por los mismos motivos aplicados en las resoluciones anteriores.
Con esta decisión, quedaron resueltos los 16 recursos promovidos por las comunidades autónomas gobernadas por el PP, los grupos populares del Congreso y del Senado y Castilla-La Mancha, administrada por el socialista Emiliano García-Page. También fueron analizadas las cuestiones de constitucionalidad planteadas por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo y por las salas de lo Penal y Civil del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.
Las sentencias contaron, al igual que las anteriores vinculadas con la medida de gracia, con los votos particulares de los magistrados del sector conservador Ricardo Enríquez, Enrique Arnaldo, Concepción Espejel y César Tolosa.
Hace poco más de un año, el órgano de garantías había avalado la ley de amnistía por seis votos de la mayoría progresista. En esa resolución, el Tribunal Constitucional sostuvo que la medida no está prohibida por la Constitución y que se vincula con los delitos cometidos en el marco del proceso independentista catalán, cuyo punto culminante fue el 1 de octubre de 2017.



