En medio de rumores sobre una posible recategorización de monotributistas por parte de ARCA, el Gobierno se pronunció para despejar dudas. Aseguran que la organización no tiene en cuenta las transferencias personales, como préstamos o regalos, para determinar la categoría fiscal de los contribuyentes. La evaluación se centra únicamente en las operaciones comerciales realizadas mediante medios de pago electrónicos, como tarjetas de crédito, débito o códigos QR.

Desde la Oficina de Respuesta Oficial, se explicó que el análisis se basa en los cobros que recibe un monotributista. Si ARCA detecta que los ingresos por medios electrónicos superan la facturación declarada, se envía una notificación al contribuyente, otorgándole un plazo de 15 días para justificar el desfasaje. Si no se presenta una justificación válida, podría corresponder una recategorización.

Además, se especificó que solo se reportan transferencias de montos significativos, es decir, superiores a $50 millones mensuales. Por lo tanto, las transferencias entre cuentas o movimientos de dinero familiar no son motivo de recategorización. La normativa vigente permite a ARCA realizar recategorizaciones semestrales de manera voluntaria o de oficio, basándose en la información fiscal disponible. Las autoridades enfatizaron que cualquier afirmación sobre el uso indebido de transferencias personales para este fin es completamente falsa.