La Justicia en San Isidro ha decidido otorgar la excarcelación al abogado Andrés Agustín Prieto Fasano, quien se encuentra imputado por la muerte de una mujer y lesiones graves en un accidente de tránsito ocurrido en la autopista Panamericana. La resolución fue emitida por el juez de Garantías N° 4, Esteban Rossignoli, permitiendo que el acusado enfrente el proceso judicial en libertad mientras se desarrollan las indagaciones pertinentes.

El magistrado ha dispuesto que la excarcelación se realice bajo caución juratoria, estableciendo una serie de condiciones que Prieto deberá cumplir durante la instrucción de su causa. Entre las obligaciones impuestas, se encuentra su presentación ante la Justicia del 1 al 5 de cada mes, así como cada vez que sea convocado a declarar. Además, el abogado no podrá ausentarse de su domicilio durante más de 24 horas sin previo aviso o autorización, siendo estas medidas esenciales para garantizar su presencia en el proceso judicial.

Cabe destacar que cualquier incumplimiento de estas condiciones podría derivar en la revocación inmediata del beneficio otorgado, lo que pone de relieve la importancia de la supervisión judicial en este tipo de casos. La decisión de excarcelar a Prieto surge a raíz de la solicitud de sus defensoras, Ana Laura Palmucci y Mirta Fasano, quienes argumentaron que los delitos que se le atribuyen no superan la pena máxima de ocho años, lo que habilita la posibilidad de obtener este beneficio.

El trágico accidente tuvo lugar en la madrugada del 4 de julio, específicamente a las 0:21 horas, en el kilómetro 17 de la autopista Panamericana, frente al shopping Unicenter. En ese momento, el vehículo que conducía Prieto colisionó con el auto de Ivonne Pamela Escobar Camacho, una mujer de 31 años que trabajaba como conductora en una aplicación de transporte. Como resultado del siniestro, Escobar Camacho perdió la vida, mientras que su pasajera sufrió heridas graves que requirieron hospitalización. Por su parte, Prieto también resultó lesionado en el incidente.

La defensa del abogado ha argumentado que, a partir del estado actual de la causa, su cliente se encuentra dentro del marco que permite la excarcelación, según lo estipulado en el Código Procesal Penal. Cabe mencionar que el juez modificó la calificación legal propuesta por la fiscalía, desestimando la imputación de violación de elementos probatorios, al considerar que los hechos no encuadran en dicha figura, según informaron fuentes cercanas a la defensa.

Además, desde el entorno legal de Prieto se ha resaltado que el magistrado tomó en cuenta que el abogado no posee antecedentes penales, ni registros de capturas o rebeldías, lo que sugiere que no representa un riesgo para la fuga o el entorpecimiento de la investigación. En este contexto, se estima que, incluso en caso de ser condenado, sería probable que la pena se dictara en forma condicional, según lo establecido en el artículo 26 del Código Penal. La decisión fue notificada a todas las partes involucradas, y la fiscalía tiene la opción de apelar si lo considera necesario.