La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ha establecido su feria fiscal de invierno, que se llevará a cabo desde el 13 hasta el 24 de julio de 2026. Durante este periodo, se suspenden ciertos plazos administrativos, pero es fundamental que los contribuyentes estén informados sobre cuáles se mantienen vigentes. Sebastián Domínguez, reconocido tributarista y CEO de SDC Asesores Tributarios, ha compartido diez recomendaciones esenciales para ayudar a los contribuyentes a evitar errores en este contexto.

La Resolución General 5863/2026, que fue publicada en el Boletín Oficial, establece claramente las fechas de la feria fiscal, que abarcan diez días hábiles. Esta normativa se complementa con la Resolución General 1.983, la cual regula el marco general de suspensión de plazos en materia impositiva, aduanera y de recursos de la seguridad social. Es esencial que los contribuyentes comprendan que, a pesar de la suspensión de ciertos plazos, otros siguen siendo aplicables y deben cumplirse estrictamente.

La duración de la feria fiscal, tal como se estipula en la RG 5863/2026, se extiende desde el lunes 13 hasta el viernes 24 de julio. Este lapso se ha diseñado para facilitar la gestión administrativa y permitir que tanto los funcionarios como los contribuyentes puedan organizar sus actividades. Sin embargo, es necesario resaltar que, durante este tiempo, no se prorrogan las fechas de vencimiento para la presentación de declaraciones juradas ni para el pago de tributos, lo que suele ser un aspecto que genera confusión.

Es importante destacar que la feria fiscal no tiene un impacto en las fechas límites para el cumplimiento de las obligaciones tributarias. De acuerdo con las normativas vigentes, los contribuyentes deben realizar sus presentaciones y pagos en las fechas estipuladas, independientemente de si estas coinciden con el período de la feria. Esto significa que los plazos establecidos deben ser respetados, y cualquier presentación o pago que se realice fuera de estos plazos podría resultar en sanciones o intereses adicionales.

La RG (AFIP) 5437, que se aplica durante la feria fiscal de enero, permite un régimen opcional para la presentación y pago de tributos, pero este régimen no se extiende a la feria fiscal de invierno. Por lo tanto, los contribuyentes deben estar atentos a las condiciones específicas de cada periodo fiscal y actuar en consecuencia para evitar sorpresas desagradables en el futuro.

La principal función de la feria fiscal es suspender el cómputo de días hábiles administrativos respecto a plazos procedimentales, permitiendo que los contribuyentes tengan un respiro en sus gestiones. Sin embargo, es crucial tener en cuenta que la suspensión de plazos no impide que los contribuyentes realicen acciones si así lo deciden. Por ejemplo, si un contribuyente recibe un requerimiento de información el 8 de julio con un plazo de respuesta de diez días hábiles, este plazo se extenderá hasta el 7 de agosto, ya que los días comprendidos dentro de la feria no se contabilizan para el vencimiento.

Finalmente, para navegar con éxito la feria fiscal de invierno, los contribuyentes deben estar informados y preparados. Las diez recomendaciones brindadas por expertos son una guía útil para evitar errores comunes y asegurarse de que se cumplan todas las obligaciones fiscales en tiempo y forma. En un contexto donde la normativa fiscal puede resultar compleja y cambiante, tener claridad sobre los plazos y procedimientos puede marcar la diferencia entre cumplir con las obligaciones o enfrentar sanciones.