El Juzgado en lo Correccional N°1 de Zárate-Campana, bajo la dirección del juez Javier Alfredo Romañuk, emitió una sentencia condenatoria contra Ricardo Andrés Diotto, expareja de la reconocida actriz María Fernanda Callejón. La resolución se dio a conocer en la jornada del viernes y lo halló culpable de lesiones leves agravadas por el vínculo y de violencia de género en grado de tentativa, en un caso que ha llamado la atención por su gravedad y repercusiones mediáticas. Los hechos por los cuales se le acusa ocurrieron durante la noche del 4 al 5 de junio de 2022, en el barrio privado “El Recodo”, ubicado en la localidad de Maquinista Savio, dentro del Partido de Escobar.

La pena impuesta a Diotto consiste en cuatro meses de prisión en suspenso, condicionada al cumplimiento de una serie de pautas de conducta. Entre estas medidas, se destaca la obligación de establecer un lugar de residencia fijo y someterse a un tratamiento psicológico orientado a mejorar su relación familiar, particularmente con la madre de su hija. Esta decisión no solo busca una retribución por el daño causado, sino también un proceso de rehabilitación para el condenado, en un contexto donde las dinámicas familiares son complejas y requieren atención profesional.

El magistrado fundamentó su fallo en un entorno de “sometimiento, trato humillante, degradante e intimidante” ejercido por Diotto hacia Callejón durante el tiempo que convivieron. El juez también subrayó el impacto emocional y la disminución de la autonomía profesional de la actriz, lo que resalta la importancia de considerar la violencia psicológica como un factor significativo en estos casos. La sentencia se basa en una valoración integral de los testimonios, así como en la evaluación de las circunstancias que rodearon la convivencia de la pareja.

La discusión que desencadenó la agresión se centró en cuestiones económicas y la tenencia de una camioneta recién adquirida. Según el relato de Callejón, cuando Diotto se percató de que ella lo estaba grabando con su teléfono, reaccionó de forma violenta, tomándola de los brazos y empujándola contra una pared. Este episodio dejó marcas visibles en el cuerpo de la víctima, quien, tras salir de la vivienda en un estado emocional crítico, fue asistida por una amiga que corroboró las lesiones y le proporcionó un ansiolítico para calmarla.

Los testimonios de otras personas también respaldaron la versión de Callejón. Una testigo afirmó haber recibido imágenes de las lesiones en el brazo de la actriz, y relató que observó su angustia y crisis emocional tras el ataque. Esta evidencia fue clave para el juez, quien consideró no solo los testimonios directos, sino también informes psicológicos y registros de amenazas y descalificaciones enviadas por Diotto a través de mensajes de WhatsApp. En estos mensajes, el acusado no dudó en expresar amenazas directas que evidencian un patrón de abuso y coerción.

La fiscalía, representada por Matías Sebastián Ferreirós, junto al abogado de Callejón, Martín Miguel de Vargas, enfatizaron la solidez de las pruebas presentadas durante el juicio. La combinación de testimonios, evidencia fotográfica de las lesiones, y la secuencia de comportamientos violentos demostró un patrón de violencia psicológica y física. Este caso se inscribe en un contexto más amplio de lucha contra la violencia de género, que continúa siendo un tema central en la sociedad argentina, donde las víctimas enfrentan numerosos desafíos para obtener justicia y reparación.