La Cámara Federal de Casación Penal ha dictado un fallo que absuelve a cinco mujeres de la comunidad Lof Lafken Winkul Mapu, quienes habían sido condenadas por la usurpación de terrenos en Villa Mascardi, Bariloche, durante un periodo que abarca desde 2017 hasta 2022. Este veredicto se produce en un contexto de tensiones territoriales y normativas en el que se han visto inmersas comunidades mapuches, marcando un hito significativo en la lucha por sus derechos sobre la tierra.
El tribunal, compuesto por los jueces Alejandro Slokar, Guillermo Yacobucci y Ángela Ledesma, determinó que no se había probado adecuadamente la culpabilidad de las acusadas en cuanto a las conductas de despojo ni el dolo necesario para calificar sus acciones como usurpación. La sentencia fue emitida tras considerar que los hechos ocurrieron en un ambiente de conflicto territorial caracterizado por la inestabilidad normativa y la ambigüedad de las intervenciones estatales, lo que complicó el análisis de la situación jurídica de las tierras en disputa.
Las cinco mujeres absueltas son Betiana Ayelén Colhuan, Martha Luciana Jaramillo, María Celeste Ardaiz Guenumil, Romina Rosas y Yéssica Fernanda Bonnefoi. Originalmente, habían sido condenadas a penas de prisión en suspenso que alcanzaban hasta dos años y seis meses por un tribunal de General Roca. Este fallo no solo les devuelve la libertad, sino que también pone de relieve la complejidad de los conflictos territoriales en Argentina y el reconocimiento de las luchas de las comunidades indígenas.
Betiana Ayelén Colhuan, una de las absueltas, es prima de Rafael Nahuel, un joven mapuche que fue asesinado durante un desalojo en 2017. Su historia personal se entrelaza con la memoria colectiva de la comunidad mapuche y la lucha por el reconocimiento de sus derechos. Colhuan se convirtió en “machi”, o líder espiritual, de su comunidad a tan solo 16 años, lo que refleja su compromiso y su papel central en la defensa de su territorio.
Los sucesos que llevaron a la condena de estas mujeres se centraron en tres episodios de ocupación de terrenos ubicados sobre la Ruta Nacional 40, en la región de Villa Mascardi. Entre las tierras en cuestión se encontraban propiedades que pertenecían a la Administración de Parques Nacionales, así como terrenos privados, lo que añade una capa de complejidad al conflicto. Las ocupaciones comenzaron a finales de 2017 y culminaron en octubre de 2022, cuando se llevó a cabo un desalojo por parte de fuerzas de seguridad federales.
El fallo de la Cámara Federal subraya la falta de evidencia que demuestre que las acusadas actuaron con plena intención de despojar a los propietarios de sus tierras. El tribunal enfatizó que la fiscalía no logró establecer que las mujeres tenían conciencia de la ajenidad de las tierras ocupadas ni que actuaron con el propósito deliberado de usurpar. Asimismo, se destacó que el contexto de “inestabilidad jurídica” en el que se desarrollaron estos conflictos ha sido un factor determinante en la decisión del tribunal, que se basa en un marco normativo que ha estado en constante cambio durante años.
La sentencia también hace mención a un acuerdo de conciliación firmado entre representantes de la comunidad y diversas autoridades nacionales, incluyendo la Secretaría de Derechos Humanos y la Administración de Parques Nacionales. Aunque este acuerdo no fue homologado judicialmente debido a cambios en la gestión gubernamental, el tribunal consideró que su existencia debía ser valorada en el contexto del conflicto territorial. Este fallo podría sentar un precedente importante en la defensa de los derechos territoriales de las comunidades indígenas, en un país donde estos temas a menudo son objeto de controversia y disputa.



