Un tribunal de la sección de lo Mercantil en Castellón ha decidido exonerar a un hombre de una deuda que asciende a 85.000 euros, la cual había heredado de su padre. Esta medida se tomó en el marco de la Ley de Segunda Oportunidad, que permite a los deudores reestructurar sus obligaciones financieras.
La resolución judicial, que admite la posibilidad de ser apelada, considera parcialmente el recurso presentado por el afectado, quien logró liberarse del crédito privilegiado correspondiente a la Tesorería de la Seguridad Social, que totalizaba 85.194,27 euros. Aunque la legislación mercantil establece un límite de 10.000 euros para la exoneración de deudas públicas, una reciente sentencia ha ampliado esta posibilidad para créditos subordinados, lo que benefició al demandado en este caso.
El hombre, asistido por el estudio jurídico Castillo Castrillón Abogados, había estado involucrado en la empresa familiar que su padre y sus socios administraban. Debido a la crisis económica de 2008, la empresa enfrentó graves dificultades financieras, lo que llevó eventual al cierre de su actividad. En un intento por ayudar a su padre a saldar las obligaciones financieras, el demandante había solicitado préstamos, pero las deudas crecieron desmesuradamente debido a intereses y recargos, dejando un saldo de 146.556,23 euros. La defensa argumentó que su cliente actuó de buena fe en un contexto de crisis, lo que justifica la exoneración total de la deuda.



