La Audiencia Provincial de Madrid ha decidido no otorgar la nacionalidad española a Mauricio, un descendiente de sefardíes, al considerar que no ha demostrado el "vínculo especial" que establece la Ley 12/2015. Esta normativa, creada para reparar la expulsión de los sefardíes en el siglo XV, requiere que los solicitantes no solo demuestren su ascendencia, sino también una conexión significativa con el país.

La resolución, emitida el 27 de noviembre de 2025, se da en el contexto de una apelación presentada por Mauricio, quien había intentado revertir una decisión anterior que había rechazado su solicitud. En su defensa, el solicitante presentó documentación que incluía donaciones a organizaciones judías en Estados Unidos y Guatemala, así como una contribución de 100 euros a una fundación en España. Sin embargo, el tribunal señaló que estas acciones no son suficientes para establecer una relación concreta con la nación.

El tribunal enfatizó que, además de demostrar la ascendencia sefardí, la ley exige evidencias de lazos actuales y significativos con España, tales como títulos académicos relacionados con la cultura española, conocimientos del idioma ladino o lazos familiares con comunidades sefardíes en el país. Dado que ninguno de estos elementos se encontraba en la documentación presentada por Mauricio, la Audiencia concluyó que su solicitud no cumplía con los requisitos necesarios.