Un hombre ha fracasado en su intento de dejar de abonar la pensión alimentaria que mantiene para su hija, luego de que la Audiencia Provincial de Segovia ratificara su obligación de continuar con los pagos. A pesar de que el padre solicitó la suspensión de la pensión o una reducción del monto, el tribunal determinó que la joven, que ya ha alcanzado la mayoría de edad, aún no ha logrado su independencia económica.
El caso se originó cuando el padre argumentó que, al tener 20 años, su hija debería ser capaz de valerse por sí misma y que su relación con ella estaba completamente deteriorada. En su defensa, alegó que la joven continuaba sus estudios universitarios únicamente como una excusa para no buscar empleo. Sin embargo, la ley establece que puede extinguirse la pensión de alimentos solo si el distanciamiento entre padre e hija es evidente y atribuible al hijo, lo que no se comprobó en este caso.
El tribunal desestimó los argumentos del padre, señalando que, aunque la hija admitió no tener contacto con él, no cerró la puerta a una posible reconciliación. Además, el fallo destacó que la joven está matriculada en la Universidad Autónoma de Madrid y tiene un alquiler en la ciudad, lo que refuerza su situación de estudiante. La solicitud de reducción de la pensión, basada en el nacimiento de dos hijos menores con una nueva pareja, también fue rechazada, ya que este argumento había sido presentado anteriormente sin éxito.



