El Gobierno argentino ha implementado nuevas medidas para intensificar la supervisión de la distribución de gas natural en situaciones de emergencia energética. A través del Decreto Supremo N° 002-2026-EM, se establece que las concesionarias de transporte y distribución de gas deben proporcionar información diaria al Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) sobre las cantidades de gas asignadas para satisfacer la demanda interna, especialmente cuando se active un plan de racionamiento.
Esta normativa modifica el Decreto Supremo N° 017-2018-EM, que regula la asignación de gas en escenarios de escasez. El objetivo principal es garantizar que el suministro disponible sea distribuido de acuerdo con criterios de prioridad, bajo la supervisión continua del regulador, en un contexto donde el país enfrenta una emergencia temporal en su sistema de abastecimiento.
De esta manera, una vez que se declare la emergencia y se active el mecanismo de racionamiento, las empresas involucradas en la cadena de suministro de gas natural deberán remitir información diaria sobre la asignación del recurso. La normativa detalla un orden de prioridad en la distribución, priorizando a consumidores residenciales y comerciales regulados, seguido por estaciones de servicio de gas natural vehicular, generadores eléctricos y consumidores industriales, asegurando así un abastecimiento equitativo y controlado durante la crisis.



