El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) dictó una sentencia que condena a las Hermanas Terciarias Capuchinas a readmitir a una educadora de un centro de acogida de menores tuteladas por la Diputación de Bizkaia. La decisión se basa en la nulidad del despido disciplinario que sufrió la profesional, quien deberá regresar a su puesto de trabajo en las mismas condiciones que antes de su despido.

Según un informe del sindicato Comisiones Obreras (CCOO), la entidad deberá abonar más de 56.000 euros en concepto de salarios de tramitación y una indemnización por daños morales. El tribunal consideró que las razones alegadas para el despido, que incluían supuestos incumplimientos de protocolos y actos de desobediencia, no eran suficientes para justificar una medida tan drástica, ya que no demostraron la gravedad necesaria para tal sanción.

La educadora, quien trabajaba en el centro desde enero de 2014, fue despedida en noviembre de 2024 tras la apertura de un expediente interno. Se había visto involucrada en una situación en la que apoyó a una joven que había alcanzado la mayoría de edad, señalando irregularidades en la gestión del centro. La sentencia concluyó que se vulneraron sus derechos fundamentales, incluyendo su derecho a la libertad de expresión y a la tutela judicial efectiva, lo que llevó a la anulación de su despido y su inmediata reincorporación.