La Audiencia Provincial de Madrid ha desestimado la solicitud de un hombre que intentó desalojar a la nueva pareja de su exesposa de una vivienda que, tras su divorcio, le fue adjudicada exclusivamente a ella y a sus hijos. El tribunal argumentó que el acuerdo de divorcio establecía que el uso de la casa familiar era un derecho exclusivo de la mujer, por lo que el exmarido no tenía fundamento legal para llevar a cabo esta acción.
La propiedad en cuestión fue adquirida por la pareja en el año 2003, y tras su separación en 2015, se dictó una sentencia que concedió a la mujer el derecho de residencia. Años después, el hombre presentó un recurso de desalojo contra la nueva pareja de su exmujer, argumentando que esta ocupaba la vivienda sin autorización. Aportó diversas pruebas, incluyendo informes de detectives, para demostrar que el individuo había estado viviendo allí durante un tiempo prolongado.
Sin embargo, la jueza del juzgado de primera instancia determinó que, aunque existían indicios que generaban sospechas, no se encontraba evidencia suficiente para acreditar que el nuevo compañero de su exmujer residía en la casa sin derecho. La Audiencia Provincial reafirmó esta decisión, aclarando que el exmarido, aunque sigue siendo copropietario, no tiene derecho a reclamar el desalojo sin que un fallo judicial modifique el acuerdo establecido en el divorcio. Intentar hacerlo de esta manera fue considerado por el tribunal como un intento de fraude procesal.



