El presidente José Raúl Mulino se dirigió a la nación para aclarar que la intervención en dos de las principales terminales portuarias del país no se considera una expropiación, sino que forma parte de una medida administrativa provisional. Esta acción busca garantizar la operatividad tras la reciente decisión de la Corte Suprema de Justicia, que declaró inconstitucional la Ley 5 de 1997, fundamento de la concesión otorgada a Panama Ports Company (PPC).
Mulino enfatizó que la actuación del Estado es un ejercicio de su soberanía sobre bienes públicos, con el objetivo de asegurar un funcionamiento fluido, seguro y eficaz de los puertos de Balboa y Cristóbal. Esta medida se implementa mientras se evalúa el valor de los activos y se toman decisiones legales pertinentes. La declaración del mandatario llegó poco después de que se hiciera pública la sentencia constitucional, que ya se encuentra firme.
El fallo judicial invalidó el contrato establecido por la Ley 5 de 1997, que otorgó a PPC la concesión para la operación y administración de las terminales. En consecuencia, el Ejecutivo ha instruido a la Autoridad Marítima de Panamá (AMP) a hacerse cargo del control administrativo de los puertos, garantizando así la prestación del servicio mientras se definen los nuevos términos de operación. Además, se aprobó la contratación de AMPT Panamá S.A. y TIL Panamá S.A. para manejar transitoriamente las operaciones de los puertos, con un presupuesto total de $26.1 millones.



