Desde hace más de cuarenta años, las monjas en España son consideradas trabajadoras autónomas bajo el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Sin embargo, su situación es compleja y presenta múltiples particularidades que afectan su bienestar y futuro económico. Aunque las congregaciones religiosas gestionan su sustento y trámites administrativos, el acceso a una pensión de jubilación depende fundamentalmente de su cotización a la Seguridad Social.
Aproximadamente 10.000 religiosas están registradas en el RETA, según cifras de la Unión de Asociaciones de Trabajadores Autónomos y Emprendedores (UATAE). Esta cifra es significativamente menor en comparación con los 33.000 religiosos que hay en el país, lo que implica que solo un tercio de las monjas que podrían acceder a una pensión mínima están realmente protegidas. Esta situación pone de manifiesto la vulnerabilidad de muchas religiosas que, al alcanzar la edad de jubilación, se encuentran sin respaldo económico.
La normativa que regula la relación de las monjas con la Seguridad Social se estableció el 21 de enero de 1982, permitiendo su inclusión en el RETA. El acceso a una pensión de jubilación está vinculado a la base de cotización elegida, y la mayoría opta por la mínima, lo que genera pensiones aproximadas de 825 euros mensuales. Además, las congregaciones suelen encargarse de la gestión de estos trámites, dejando a las religiosas en una situación de dependencia que puede resultar crítica al llegar a la vejez, especialmente para aquellas que no han podido cotizar adecuadamente o no están registradas en el sistema.
La precariedad de esta situación es alarmante, ya que muchas monjas no solo enfrentan la inseguridad económica, sino que también dependen de sus comunidades religiosas para su sustento y protección en la vejez. Esta realidad exige una reflexión profunda sobre el bienestar de este colectivo y la necesidad de un sistema de protección más robusto que garantice su dignidad y derechos.


