El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha ratificado la condena de 11 años de prisión impuesta a un hombre por agredir sexualmente a su expareja. El hecho ocurrió cuando el acusado ingresó sin autorización en el domicilio de la mujer, sorprendiéndola mientras dormía.

La resolución del tribunal rechaza el recurso presentado por el imputado, quien había sido condenado por la Audiencia de Bizkaia por un delito de allanamiento de morada, en conjunto con un delito de agresión sexual con acceso carnal, considerando agravante la relación de parentesco entre ambos.

La Audiencia de Bizkaia destacó la solidez del testimonio de la mujer, que no presentó contradicciones y estuvo respaldado por evidencias periféricas. Según el fallo, los hechos constituyen un ataque a la libertad sexual de la víctima, ejecutado mediante violencia e intimidación durante un proceso de separación no consensuado. A pesar de los intentos del acusado de desvirtuar la acusación, el tribunal ha mantenido la validez de la sentencia, que aún puede ser apelada ante el Tribunal Supremo.