La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) ha dado a conocer el calendario oficial de vencimientos para la declaración y pago de impuestos nacionales correspondientes al mes de marzo de 2026. Esta medida busca que los contribuyentes se organicen y cumplan con sus obligaciones fiscales dentro de los plazos establecidos, evitando así sanciones, intereses y procesos de cobro coactivo.
Entre el 10 y el 24 de marzo de 2026, aquellos responsables del impuesto sobre las ventas (IVA) deberán presentar y abonar la declaración correspondiente al bimestre de enero y febrero. Las fechas específicas de vencimiento dependen del último dígito del Número de Identificación Tributaria (NIT). Durante el mismo periodo, los agentes de retención y autorretenedores del impuesto sobre la renta también deberán cumplir con sus declaraciones y pagos, siguiendo un cronograma similar.
Asimismo, los responsables del impuesto nacional al consumo, que abarca actividades como la venta de alimentos, servicios de telefonía móvil y otros, tendrán que presentar sus declaraciones y pagos en las mismas fechas, ajustándose a las normas según el último dígito del NIT. Además, hay otros impuestos con vencimientos unificados hasta el 13 de marzo de 2026, que afectan a todos los contribuyentes, sin distinción de NIT.
La Dian ha subrayado que cumplir a tiempo con las obligaciones tributarias no solo evita problemas legales, sino que también ofrece beneficios a los contribuyentes. En caso de deudas pendientes, la entidad se comunicará con los contribuyentes a través de llamadas telefónicas oficiales, gestionadas por funcionarios autorizados, para guiarlos en la regularización de su situación tributaria. Cada contacto estará respaldado por un código de autenticación enviado al correo registrado, garantizando la autenticidad de la comunicación y asegurando que no se soliciten datos personales ni pagos fuera de los canales oficiales.



