El auxilio funerario que ofrece Colpensiones se presenta como una ayuda económica fundamental para las familias que enfrentan los gastos derivados de la muerte de un afiliado o pensionado. Este beneficio, que busca mitigar el impacto financiero de los servicios funerarios, está disponible para aquellos que puedan demostrar que han asumido estos costos y cumplan con los requisitos establecidos por la entidad.
Dentro del marco del sistema de seguridad social, el auxilio se concede a quien pueda comprobar que ha pagado el entierro o los servicios exequiales de un afiliado activo o de un pensionado, ya sea por vejez o invalidez. Con la actualización de condiciones para el año 2026, es crucial que los solicitantes estén al tanto de los plazos y la documentación necesaria, ya que el derecho a este beneficio puede perderse si no se solicita dentro del tiempo estipulado.
El monto del auxilio funerario corresponde al último salario base de cotización del fallecido o a su mesada pensional, con un rango que varía entre 5 y 10 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Para solicitar este beneficio, es necesario descargar los formularios oficiales y presentar diversos documentos, como el Registro Civil de Defunción y la factura original de los gastos funerarios. También es importante recordar que el plazo para reclamar este auxilio es de un año desde la fecha de fallecimiento; de lo contrario, el derecho se extingue, sin posibilidad de reclamación posterior.
Para comenzar el proceso de solicitud, el interesado debe acudir a un Punto de Atención Colpensiones (PAC) para recibir asistencia y presentar la documentación requerida. Tras la revisión de los documentos, Colpensiones notificará al solicitante sobre el reconocimiento del beneficio, permitiendo así avanzar hacia el cobro de la asistencia económica.



