Con la llegada del año escolar 2026 a la vuelta de la esquina, las instituciones educativas privadas del país se encuentran en plena búsqueda de personal docente para satisfacer la demanda educativa. Las clases comenzarán oficialmente el 16 de marzo y las escuelas están en la selección de profesores para cubrir todos los niveles, desde inicial hasta secundaria.

En este marco, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) ha emitido un importante recordatorio a empleadores y trabajadores del ámbito educativo sobre las condiciones legales que rigen la contratación de docentes. La entidad enfatizó que aquellos que desempeñan funciones permanentes no deben ser contratados mediante recibos por honorarios ni bajo la modalidad de locación de servicios, ya que estas formas corresponden a trabajos independientes y no a relaciones laborales subordinadas.

La autoridad también destacó que cuando un docente realiza tareas esenciales y continuas, como impartir clases o evaluar a los estudiantes, se establece una relación laboral. La subordinación se evidencia en situaciones donde el profesor debe seguir instrucciones de coordinadores o directores, cumplir horarios y acatar reglamentos internos, lo que indica un vínculo laboral formal. Por lo tanto, en caso de que se cumplan estas condiciones, el docente tiene derecho a ser formalizado y registrado en la planilla electrónica desde su primer día de trabajo, garantizando así el acceso a beneficios laborales como la seguridad social y protección ante despidos arbitrarios.