La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata desestimó el recurso interpuesto por un hombre que había demandado a la concesionaria de la autopista, alegando que esta era responsable de los daños sufridos en un accidente automovilístico. El tribunal ratificó la decisión de primera instancia, que había rechazado la demanda y mantenido los honorarios de los abogados de ambas partes.
El demandante solicitó una indemnización de 1.523.008 pesos, argumentando que había sufrido daños materiales y morales tras un incidente ocurrido el 2 de octubre de 2021. Según su versión, mientras conducía su Porsche Boxster, un objeto inesperado impactó contra la rueda trasera derecha, provocando la explosión del neumático.
En su presentación, el hombre afirmó que la concesionaria había incumplido con su obligación de garantizar la seguridad en la carretera, ya que la presencia de un objeto extraño en la calzada habría sido consecuencia de una inadecuada manutención y vigilancia. Sin embargo, el juez de primera instancia concluyó que no se había probado la existencia del hecho tal como se había alegado, y que la evidencia presentada no era suficiente para responsabilizar a la concesionaria. La sentencia también señaló que la pericia mecánica no fue concluyente, ya que el especialista no examinó el lugar del accidente ni el vehículo, lo que dificultó establecer una relación directa entre el accidente y el supuesto objeto en la ruta.



