El Gobierno argentino ha dado un paso importante en el apoyo a las pequeñas y medianas empresas (pymes) con la reciente reglamentación del Régimen de Incentivos a las Medianas Inversiones, conocido como RIMI. Esta iniciativa fue oficializada a través de un decreto firmado por Manuel Adorni, Jefe de Gabinete, y Luis Caputo, ministro de Economía. Este régimen busca activar el Título XXIII de la Ley de Modernización Laboral, con la intención de fomentar el crecimiento y la inversión en el sector de las pymes, que son fundamentales para la economía nacional.
A pesar de las intenciones del Gobierno de brindar un alivio a las empresas más pequeñas, se han establecido límites en las ayudas que se otorgarán, condicionadas a los créditos disponibles en el Presupuesto Nacional. Entre los beneficios que se prevén, se encuentran las devoluciones de IVA, que estarán sujetas a un cupo específico. Esto plantea interrogantes sobre la efectividad de la medida, ya que la limitación de las ayudas podría restringir el alcance del RIMI, dejando fuera a muchas empresas que requieren este soporte financiero.
Sin embargo, la mera reglamentación del RIMI no implica que esté disponible para su implementación inmediata. Para que el régimen entre en funcionamiento, se requiere la aprobación de dos resoluciones clave: una por parte de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y otra que será conjunta entre la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca y la Secretaría de Energía. Estas resoluciones deben ser publicadas antes del 13 de mayo, que es la fecha límite para que el RIMI comience a operar efectivamente.
El decreto establece que el RIMI tendrá una vigencia de dos años a partir de su implementación, que comenzará a contarse 30 días después de su publicación. Esto significa que, en la práctica, el régimen podría iniciar su funcionamiento alrededor del 13 de mayo. Este aspecto es crucial, dado que muchas pymes están a la espera de claridad sobre cómo podrán beneficiarse de estas nuevas disposiciones en un contexto económico incierto.
Desde la Secretaría de Industria se ha recordado que para que las pymes puedan acceder a este régimen, deben cumplir con ciertos requisitos, siendo fundamental contar con un certificado que acredite su condición de pyme. Además, se establecieron montos mínimos de inversión que varían según el tamaño de la empresa: desde 150.000 dólares para las microempresas, hasta 9 millones para las medianas de segundo tramo. Esta segmentación busca asegurar que las ayudas se dirijan a las empresas que más las necesitan, aunque también puede generar incertidumbre entre aquellas que no logran alcanzar los umbrales establecidos.
Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, ha expresado que, hasta que no se publiquen las resoluciones necesarias, no es posible que una empresa formalmente se adhiera al RIMI. Actualmente, no hay formularios disponibles para solicitar la devolución anticipada del IVA ni se puede acreditar el avance en obras en curso. Esta falta de claridad y de procedimientos establecidos puede generar frustración en el sector, que espera con ansias un marco normativo que les brinde certezas y facilite su desarrollo.
El Decreto 242/2026 ha sido considerado un avance significativo, ya que define conceptos que anteriormente estaban abiertos a interpretación, establece metodologías para la conversión a dólares y precisa el concepto de puesta en marcha. Este marco más claro debería ayudar a las pymes a navegar un entorno regulatorio complejo y a aprovechar las oportunidades de inversión que se les presenten. Sin embargo, el éxito del RIMI dependerá en gran medida de la agilidad y efectividad con la que se implementen las regulaciones restantes, así como de la capacidad del Gobierno para asegurar que los recursos realmente lleguen a las pymes que los necesitan.



