En un reciente fallo, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial de la Ciudad de Buenos Aires ha confirmado una sentencia que obliga a una empresa especializada en la fabricación y colocación de aberturas a subsanar los defectos de un ventanal instalado incorrectamente en un departamento ubicado en el barrio de Belgrano. Además de la reparación, la justicia ha determinado que la firma deberá abonar una indemnización por daño moral y daño punitivo a los propietarios del inmueble, lo que refleja un firme compromiso del sistema judicial argentino con la defensa de los derechos de los consumidores. Esta decisión se produce tras el rechazo del recurso de apelación presentado por la empresa demandada, que intentó desvirtuar las conclusiones de la instancia anterior.

El conflicto se originó cuando los propietarios de un departamento decidieron reemplazar sus ventanales y contrataron a la mencionada empresa en noviembre de 2020. El contrato incluía la fabricación y colocación de un ventanal de dos paños y una puerta corredera de tres paños, con un costo total de 3.365,95 dólares, monto que fue abonado en su totalidad antes de que se llevara a cabo el servicio. Sin embargo, la instalación del ventanal de tres paños se vio perjudicada por un error de medición que impidió un correcto ajuste en el marco, generando inconvenientes significativos para los propietarios.

A pesar de que la instalación del ventanal de dos paños se realizó sin mayores problemas, la situación del ventanal de tres paños llevó a los propietarios a permitir que la empresa finalizara el trabajo, bajo la promesa de que los defectos serían corregidos en un plazo breve. Sin embargo, esta promesa nunca se cumplió, lo que llevó a los clientes a realizar múltiples gestiones, tanto telefónicas como a través de correos electrónicos, buscando una solución que nunca llegó. Ante la inacción de la empresa, los propietarios decidieron recurrir a la justicia, tras haber intentado mediaciones prejudiciales, a las cuales la empresa no asistió.

En su demanda, los propietarios no solo exigieron la correcta reparación del ventanal, sino que también solicitaron una indemnización por varios conceptos, incluyendo daño moral, daño psicológico, daño punitivo y daño emergente. La suma total reclamada reflejaba la frustración y el malestar ocasionados por la situación, así como los costos asociados a la problemática generada por la instalación defectuosa. En primera instancia, la juez a cargo del caso consideró que existía un vínculo contractual claro y que el monto total del servicio había sido efectivamente abonado por los demandantes.

La magistrada aplicó las normativas de defensa del consumidor, dado que la relación entre las partes se enmarca en este contexto. A través de una exhaustiva evaluación de las pruebas presentadas, se determinó que el producto entregado no satisfacía las especificaciones acordadas. Aunque los materiales y el vidrio cumplían con lo estipulado, las hojas móviles del ventanal presentaban discrepancias en sus medidas, lo que justificó la decisión judicial.

Como resultado, la sentencia inicial condenó a la empresa a reemplazar y reinstalar adecuadamente las hojas móviles del ventanal, además de ordenar el pago de 250.000 pesos por daño moral y 300.000 pesos por daño punitivo. Sin embargo, la demanda por daño emergente y daño psicológico fue desestimada. La empresa apeló la resolución, cuestionando principalmente la existencia del daño moral, la validez del daño punitivo y la imposición de los costos del proceso.

Finalmente, la Sala C de la Cámara Comercial ratificó en su fallo la decisión de primera instancia, reafirmando la importancia de la responsabilidad empresarial en la calidad de los servicios prestados. Este caso no solo establece un precedente en la materia, sino que también pone de relieve la necesidad de una mayor vigilancia y cumplimiento de las normativas de defensa del consumidor en el sector, que debe garantizar a los usuarios productos y servicios que cumplan con las expectativas generadas en el marco contractual. La resolución de este conflicto es un claro ejemplo de cómo la justicia puede intervenir para proteger los derechos de los ciudadanos frente a prácticas comerciales irregulares.