En un fallo que marca un precedente en la defensa de los derechos de los consumidores, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial confirmó la condena a una aerolínea internacional que se vio obligada a indemnizar a dos pasajeros tras la cancelación de sus boletos aéreos, adquiridos a un precio considerablemente bajo por error. Este fallo, emitido por los jueces de la Sala D, establece un criterio claro sobre la validez de las ofertas publicitarias y los límites en la invocación de errores en precios publicados en plataformas digitales.

La controversia surgió a raíz de la compra de tres pasajes de avión entre Río de Janeiro y París, con escala en Madrid, para ser utilizados en diferentes fechas de octubre de 2022. Los compradores, un hombre y una mujer residentes en Argentina, adquirieron los boletos a través de una agencia online, que emitió la factura correspondiente y proporcionó los vouchers de embarque con la reserva confirmada.

Poco después de realizar la compra, la agencia notificó al comprador principal que la aerolínea había cancelado la reserva, alegando un error en la fijación de tarifas y argumentando que el precio pagado representaba solo una fracción del costo real del trayecto. La aerolínea restituyó el importe pagado, pero los afectados decidieron llevar el caso a la justicia al no aceptar la cancelación de su viaje. El tribunal determinó que la oferta era vinculante, obligando a la aerolínea a proporcionar tres pasajes abiertos por un año y a abonar una compensación de 100.000 pesos a cada demandante por daños morales, además de imponerle las costas del proceso.