Durante el mes de mayo, un significativo número de empleados que se encuentran bajo relación de dependencia y que abonan el Impuesto a las Ganancias podrán beneficiarse con la devolución de parte del tributo que pagaron de más durante el año 2025. Este ajuste se debe a la reciente actualización de escalas y deducciones fiscales, que impactará aproximadamente a unas 800.000 personas en todo el país, aliviando así la carga impositiva que enfrentan estos trabajadores.

La restitución de los montos pagados en exceso está íntimamente relacionada con el contexto inflacionario que atraviesa la economía argentina, lo que ha llevado a una necesidad de ajustar las retenciones mensuales. Cada empleado tiene una retención que se determina en función de su salario bruto y de ciertos descuentos aplicables, como los que corresponden a estado civil y cargas familiares. Es importante destacar que, aunque las escalas y deducciones se actualizan en enero y julio, el cálculo final del impuesto se realiza sobre el ingreso total anual, lo que genera un desfasaje en las retenciones de los primeros meses del año, donde las deducciones son menores.

A medida que se acerca el mes de abril del año siguiente, las empresas deben llevar a cabo la liquidación anual del impuesto, un proceso crucial donde se determina si las retenciones realizadas durante el año fueron excesivas. En caso de que se confirme que se han retenido montos superiores a lo que corresponde, las empresas están obligadas a devolver la diferencia a sus empleados, lo que representa una oportunidad para mejorar la situación financiera de muchos trabajadores.

Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, explicó en declaraciones recientes que este proceso de liquidación anual es clave para el cálculo final. Según Domínguez, “el empleador tiene hasta el 30 de abril para realizar la liquidación y ajustar las retenciones o devoluciones pertinentes en la primera liquidación de sueldos que efectúe”. Este mecanismo implica que las empresas deben manejar con cuidado las tablas de retención durante el primer semestre y realizar ajustes en el segundo en función de la inflación, lo que a menudo resulta en la necesidad de restituir montos a los empleados al final del ciclo fiscal.

Además de la devolución del impuesto a las ganancias, los trabajadores que hayan realizado consumos en el exterior a través de tarjeta de crédito también podrán ver reflejada una devolución. Esto se debe a la retención del 30% que se aplica bajo el régimen del llamado “dólar turista”. Aquellos que hayan gestionado la devolución correspondiente ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) podrán sumar este monto a la devolución de las retenciones de Ganancias, aunque es fundamental tener en cuenta que la restitución está limitada a lo que efectivamente se haya retenido durante el año.

Es relevante señalar que los trabajadores solteros sin hijos comienzan a pagar el Impuesto a las Ganancias a partir de un ingreso bruto de $2.998.000, lo que se traduce en aproximadamente $2.500.000 netos. Asimismo, algunos jubilados también se encuentran alcanzados por este tributo, lo que incrementa la complejidad del panorama fiscal en el país. La devolución que se realice en mayo podría significar un aumento en la liquidez del mercado, lo cual podría traducirse en un mayor consumo o en la cancelación de deudas, en un contexto donde se ha observado un aumento notable en la morosidad de tarjetas y préstamos personales.