El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) confirmó la sanción disciplinaria de seis meses y 16 días de suspensión de funciones impuesta a una auxiliar de enfermería de Osakidetza. La medida se originó en 191 accesos al historial clínico de su hijo menor, realizados mediante sus propias claves y las de compañeros de trabajo, sin motivo asistencial ni justificación profesional, según informó el tribunal.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJPV rechazó el recurso presentado por la trabajadora contra la resolución del Tribunal de Instancia de Vitoria-Gasteiz. Ese tribunal había ratificado previamente la sanción aplicada por Osakidetza, vinculada con la comisión de dos faltas graves.

De acuerdo con los hechos considerados probados, la profesional reconoció haber ingresado al historial entre el 7 de diciembre de 2020 y el 16 de mayo de 2022. Explicó que lo hizo porque no tenía información sobre el estado de salud de su hijo, ya que no contaba con su custodia y, según sostuvo, el padre del menor no le brindaba esos datos.

Ante el TSJPV, la auxiliar alegó que había actuado bajo un error invencible y que no era consciente de la ilegalidad de su conducta. También planteó que no se había demostrado una vulneración de los derechos de los pacientes ni de la intimidad de su hijo, además de cuestionar que se hubiera producido un perjuicio para la institución. El tribunal, sin embargo, desestimó el recurso y mantuvo la sanción disciplinaria.