La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Mercedes ha decidido ratificar la suspensión de la cuota alimentaria de una joven de 22 años. La resolución se basa en que, a pesar de que la joven presentó pruebas de ser estudiante activa, no logró demostrar que sus estudios le impidieran acceder a un empleo, lo que es un requisito indispensable para extender la obligación alimentaria hasta los 25 años, conforme lo establece el Código Civil y Comercial.

Este caso surgió a raíz de un recurso de apelación interpuesto por la joven contra una sentencia del 19 de septiembre emitida por el Juzgado de Familia Número 2 de Moreno. En primera instancia, se había decidido que la cuota alimentaria cesaría automáticamente al cumplir la joven 21 años, una decisión que fue apelada por ella en busca de su continuidad.

La apelante argumentó que su condición de alumna regular en la Universidad Nacional de La Matanza no fue adecuadamente valorada por el juzgado y presentó documentación que respaldaba su dedicación académica. Sin embargo, al evaluar este recurso, los jueces Lucas Gómez y Martín Cherubini determinaron que la carga de la prueba recaía sobre la joven, quien debía demostrar que su situación académica le impedía trabajar, algo que no logró evidenciar, lo que llevó a la confirmación del cese de la cuota alimentaria.